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Publicada la Resolución de Vedas de Cataluña para la temporada de caza 2026-2027: estas son las principales novedades

La Generalitat publica la normativa que regula las especies cinegéticas, los períodos hábiles de caza y las medidas de protección que regirán la temporada 2026-2027.

La temporada de caza 2026-2027 ya cuenta con su principal marco normativo. El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Generalitat de Cataluña ha publicado la Resolución ARP/2305/2026, de 6 de julio, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los períodos hábiles de caza y las vedas especiales aplicables en todo el territorio de Cataluña.

Como cada año, esta resolución constituye el documento de referencia para todos los cazadores, sociedades de caza, áreas privadas, reservas y gestores cinegéticos, ya que establece las condiciones que regularán la actividad durante toda la temporada.

Desde Lantxaga recomendamos a todos los cazadores y sociedades de caza consultar íntegramente el texto oficial antes del inicio de la temporada para conocer en detalle las condiciones específicas aplicables a cada especie, modalidad y ámbito territorial.

Una regulación basada en la gestión sostenible

La Resolución mantiene el criterio que inspira la gestión cinegética en Cataluña: compatibilizar el aprovechamiento responsable de los recursos cinegéticos con la conservación de la biodiversidad, la protección de los hábitats y la situación biológica de cada especie.

Por este motivo, la norma determina anualmente qué especies pueden ser objeto de aprovechamiento cinegético y cuáles quedan temporalmente excluidas de la actividad cinegética por motivos de conservación o por su situación poblacional.

Entre las especies que esta temporada no podrán ser objeto de aprovechamiento cinegético destacan:

  • El estornino negro (Sturnus unicolor).
  • La cerceta carretona (Spatula querquedula).
  • La avefría europea (Vanellus vanellus).
  • El zorzal charlo norteño (Turdus pilaris).

Asimismo, el aprovechamiento cinegético de la tórtola europea queda supeditado al cumplimiento del Plan de Gestión Adaptativa aprobado específicamente para esta especie.

Principales períodos de caza menor

La Resolución establece que, con carácter general, la caza menor podrá practicarse entre el 11 de octubre de 2026 y el 7 de febrero de 2027, con excepciones específicas para determinadas especies.

También se regulan de forma particular los períodos hábiles para la perdiz roja, la perdiz pardilla pirenaica, los zorzales, la focha común, el zorro, la agachadiza común y las jornadas de media veda, así como las particularidades territoriales aplicables en distintas comarcas catalanas.

El jabalí continúa siendo una pieza clave de la gestión cinegética

En lo que respecta a la caza mayor, la Resolución mantiene el protagonismo del jabalí, una especie cuya gestión poblacional sigue siendo prioritaria debido al crecimiento sostenido de sus poblaciones y al impacto que genera sobre la agricultura, la ganadería, la biodiversidad y la seguridad vial.

El período hábil para su caza se extiende desde el 1 de junio de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027 mediante batidas y aguardos diurnos. Durante los meses de abril y mayo de 2027 únicamente podrá cazarse mediante aguardo diurno o rececho.

Este amplio período pone de manifiesto la importancia que la Administración sigue otorgando al control poblacional del jabalí, especialmente en aquellas zonas donde su elevada densidad provoca importantes daños agrícolas y un incremento del riesgo de accidentes de tráfico.

Más medidas de seguridad y responsabilidad

La Resolución refuerza igualmente diversos aspectos relacionados con la seguridad durante las batidas de caza mayor.

Entre las principales obligaciones destacan:

  • La correcta señalización de todas las batidas.
  • La comunicación previa de las mismas cuando sea obligatoria.
  • La designación de un jefe de cuadrilla como interlocutor ante la Administración.
  • El uso de prendas de alta visibilidad durante las cacerías colectivas.
  • La adopción de todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad tanto de los participantes como del resto de usuarios del medio natural.

Protección de la fauna y limitaciones

La Resolución incorpora también diversas medidas destinadas a reforzar la protección del medio natural y de determinadas especies.

Entre las más relevantes destacan:

  • La prohibición de cazar en terrenos afectados por incendios forestales recientes.
  • La suspensión de la actividad cinegética cuando se active el nivel de peligro extremo por riesgo de incendio forestal.
  • Limitaciones destinadas a proteger especies especialmente sensibles durante sus períodos reproductivos.
  • La prohibición de alimentar al jabalí, salvo autorizaciones excepcionales debidamente justificadas.
  • Limitaciones en el número máximo de capturas para determinadas especies de caza menor.

Estas medidas responden a una gestión cada vez más orientada a garantizar la sostenibilidad de los recursos cinegéticos y la conservación de los ecosistemas.

La importancia de conocer la normativa

La Resolución de Vedas es mucho más que un calendario de caza. Es el documento que regula las condiciones en las que debe desarrollarse toda la actividad cinegética en Cataluña durante la temporada 2026-2027.

Por ello, resulta imprescindible que todos los cazadores, sociedades de caza y gestores cinegéticos conozcan en profundidad su contenido antes de iniciar cualquier actividad.

El cumplimiento de la normativa no solo evita posibles infracciones, sino que contribuye a garantizar una práctica cinegética responsable, segura y plenamente compatible con la conservación del medio natural.

El compromiso de Lantxaga con una caza responsable

En Lantxaga compartimos plenamente los principios de una caza ética, sostenible y responsable.

La correcta gestión de las poblaciones cinegéticas constituye el primer paso para que la carne de caza llegue al consumidor con todas las garantías sanitarias, de calidad y trazabilidad.

Por ello, animamos a todos los cazadores, sociedades de caza y gestores cinegéticos a leer detenidamente la Resolución ARP/2305/2026, conocer los períodos hábiles correspondientes a cada especie y desarrollar su actividad con el máximo respeto hacia la normativa y el medio natural.

Una gestión cinegética rigurosa es también la mejor garantía para que la carne de caza continúe consolidándose como un alimento natural, sostenible y de alto valor gastronómico, disponible durante todo el año gracias al trabajo conjunto de cazadores, sociedades de caza y empresas especializadas como Lantxaga.

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